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Sanidad subirá el copago farmacéutico a las rentas superiores a los 35.000 euros

El borrador de la ley del medicamento establece nuevos tramos de copago en función de la renta y topes mensuales para las rentas por debajo de esa cifra

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Sanidad subirá el copago farmacéutico a las rentas superiores a los 35.000 euros
Freepik

Por Juan García

16 de diciembre de 2024

La filtración del borrador sobre la Ley del Medicamento en la que trabaja el Ministerio de Sanidad ha revelado por dónde pasan las reformas que plantea el departamento que dirige Mónica García. Una de las principales novedades es la reforma del sistema actual de copago farmacéutico, con la introducción de nuevos tramos en función de la renta, con 35.000 euros anuales como punto de inflexión.

El sistema de copago, es decir, la aportación de los pacientes al comprar un medicamento financiado por el Sistema Nacional de Salud (SNS), cuenta actualmente con tres tramos: las rentas inferiores a 18.000 euros anuales pagan un 40%; entre 18.000 y 100.000, un 50%, y por encima de esta cantidad, un 60%. Con la reforma que plantea Sanidad en el borrador de la norma, publicado por demócrata.es, se establecen nuevos tramos de renta para hacerlo más progresivo. De esta forma, las personas con una renta anual inferior a 18.000 euros se mantendrán en el 40%, por encima de esta cifra se mantendrán en el 50% de aportación aquellos que no lleguen a 35.000 euros anuales. Por encima de esta renta, se establece un nuevo tramo hasta los 60.000 anuales, a quienes se le aplicará un incremento del copago del 5%, es decir, que pagarán el 55%. La misma subida se aplicará para el nuevo tramo entre 60.000 y 100.000 y para las rentas superiores a esta cifra, pasando, respectivamente a abonar el 60% y el 65%. Además, para los no registrados ni autorizados como residentes, el tope se establece en el 40%.

El sistema actual también recoge topes de pago mensual para los pensionistas, que con la reforma se extenderían a las rentas más bajas de la siguiente forma: se establece un tope de 8,92 euros mensuales para los que ganan menos de 9.000; 18,52 euros hasta 18.000; y 61,75 hasta 35.000. Para los pensionistas, también se establece una nueva regulación, de forma que los que ingresen más de 60.000 euros anuales, pasarán a pagar lo correspondiente a este tramo, y no el 10% que se les venía aplicando a todos. Los pensionistas por debajo de esos ingresos seguirán manteniendo el 10% fijado y los topes mensuales.  

La reforma también mantiene la exención de copago para pacientes afectados por síndrome tóxico, discapacitados, parados de larga duración o beneficiarios del ingreso mínimo vital, entre otros colectivos.

Sistema de precios seleccionados, con recargo extra fuera de este listado

Otra gran novedad que aporta la actual redacción de la ley, que aún deberá pasar por fase de consulta pública antes de llegar a las Cortes para su aprobación, tiene que ver con el sistema de precios de referencia. Con el sistema actual, el precio de referencia lo marca el medicamento con el precio más bajo, de forma que el resto de compañías que quieran contar con financiación pública se ven obligadas a bajar su precio hasta ese más bajo. Esto daba lugar a unas bajadas de precio que desde la industria han calificado en repetidas ocasiones de “temerarias”, por lo que venían reclamando permitir la diferenciación de precio de los medicamentos genéricos (más baratos), respecto a los de marca. 

Sanidad ha optado en el borrador de la norma por establecer lo que denomina “sistema de precios seleccionados”. Según recoge el documento, con las ofertas realizadas por las farmacéuticas, Sanidad elaborará una propuesta que recoja el medicamento de precio más bajo, junto con una agrupación de medicamentos con precios seleccionados, así como su rango de precios. Estos precios y agrupaciones serán revisados cada dos meses. 

A la hora de dispensar los medicamentos con receta, los farmacéuticos dispensarán el prescrito o el considerado “sustituible”. En caso de que los pacientes soliciten un fármaco fuera del listado de medicamentos seleccionados, deberán aportar el porcentaje correspondiente a su tramo de renta más la diferencia del medicamento respecto al de precio más bajo de ese grupo. 



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