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Madrid prohíbe el uso individual de dispositivos digitales en los colegios

Los profesores tampoco podrán programar la realización de deberes u otras tareas académicas evaluables en las que tengan que utilizar tablets, ordenadores, móviles o similares fuera del horario escolar

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Madrid prohíbe el uso individual de dispositivos digitales en los colegios
Pixabay

Por Medicina Responsable

24 de julio de 2025

La Comunidad de Madrid ha aprobado el Decreto que elimina desde el próximo curso 2025/26 el uso individual de dispositivos digitales en alumnos de Educación Infantil y Primaria de los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la región.

El Consejo de Gobierno ha autorizado esta normativa autonómica para reducir los riesgos derivados del uso temprano, intensivo o inadecuado de las tecnologías de la información, una medida pionera que beneficiará a más de 550.000 estudiantes.

Los principios generales del Decreto garantizarán la adquisición de las competencias digitales presentes en los currículos educativos de las diferentes etapas, pero a la vez establecen las limitaciones necesarias para las aulas de los colegios madrileños. Así, el texto establecerá que los alumnos de las etapas de Infantil y Primaria no podrán trabajar de forma individual con dispositivos digitales, y sus maestros tampoco podrán programar la realización de deberes u otras tareas académicas evaluables en las que tengan que utilizar tablets, ordenadores, móviles o similares fuera del horario escolar. En cuanto al uso compartido entre dos o más niños, se permitirá siempre con una finalidad pedagógica, bajo la supervisión de los docentes y con limitaciones de tiempo en función de edades y etapas.

En el segundo ciclo de Educación Infantil (3 a 6 años) y en los dos primeros cursos de Primaria, este uso compartido estará limitado a una hora semanal. Por su parte, los escolares de 3º y 4º de Primaria tendrán una hora y media de uso conjunto durante la semana, mientras que los de los dos últimos cursos de esta etapa podrán usarlas con estas condiciones un máximo de dos horas semanales. Los más pequeños del primer ciclo de Infantil, de hasta 3 años, evitarán el contacto con estos dispositivos.

En cuanto a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), serán los propios colegios e institutos que la imparten los que delimiten el uso individual o compartido de tablets, ordenadores y demás según las características de las enseñanzas, la edad y el grado de madurez de sus estudiantes. La norma de la Comunidad de Madrid también recoge algunas excepciones a estas limitaciones. Por ejemplo, aquellos alumnos con necesidades específicas de apoyo que requieran de estos dispositivos, previo informe psicopedagógico, podrán utilizarlos sin restricciones. Y también se permitirá su uso en las materias optativas o programas en los que sean imprescindibles para adquirir competencias específicas.

Plazos

Los centros sostenidos con fondos públicos tendrán el próximo curso 2025/26 para adecuarse a lo dispuesto en este Decreto. Por su parte, y de manera excepcional, aquellos colegios que tengan ya implantado un proyecto educativo que incluya un dispositivo individual por alumno dispondrán también del curso 2026/27 para su adaptación completa a la norma.



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