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Sanidad valenciana indemnizará a un hombre con casi 50.000 euros por una erección de 30 horas

El paciente, de 36 años y parapléjico, sufrió graves secuelas por un diagnóstico tardío y un tratamiento inadecuado

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Sanidad valenciana indemnizará a un hombre con casi 50.000 euros por una erección de 30 horas
Europa Press

Por Sergio Díaz

17 de enero de 2025

La Consejería de Sanidad valenciana deberá indemnizar con 49.104 euros a un hombre de 36 años por mala praxis en el diagnóstico y tratamiento de un caso de priapismo que se prolongó durante 30 horas. El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha dictaminado que la administración fue responsable de las graves secuelas sufridas por el paciente, entre ellas dolor crónico y disfunción eréctil. Asimismo, se ha concedido una indemnización de 5.000 euros a su esposa por los daños morales derivados de la situación.

El incidente comenzó el 5 de julio de 2020, cuando el hombre, parapléjico a causa de una lesión medular, acudió al servicio de Urgencias del Hospital de Ontinyent (Valencia) tras seis horas con una erección persistente. Allí se le realizó un autosondaje vesical, una exploración física y una analítica antes de ser dado de alta con un tratamiento básico y seguimiento de su médico de cabecera. Sin embargo, tras 20 horas sin mejoría, el paciente volvió a Urgencias. En esta ocasión, un urólogo de guardia en el Hospital de Xàtiva (Valencia) le recomendó un drenaje, lo que inicialmente redujo la erección, pero nuevamente se le dio el alta.

El tercer ingreso, ocurrió poco después debido a un agravamiento de la condición. Esta vez, fue trasladado nuevamente al Hospital de Xàtiva, donde fue atendido por un urólogo especializado, que le recetó un tratamiento acorde al priapismo. Como la respuesta no fue la esperada, quedó ingresado. A los pocos días se le sometió a una cirugía para implantar una prótesis maleable en el pene. Sin embargo, tres meses después tuvo que ser reintervenido debido a una complicación con la prótesis. Por ello, los abogados del paciente reclamaron en abril de 2021 la responsabilidad patrimonial ante la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por los datos y perjuicios derivados del retraso en el tratamiento de priapismo.

El CJC, tras analizar informes periciales y de la inspección médica, dio la razón al paciente y concluyó que hubo un diagnóstico inicial erróneo y un retraso injustificado en realizar pruebas que habrían anticipado un tratamiento más adecuado. La demora y los procedimientos insuficientes causaron daños irreparables, dejando al paciente con dolor crónico y disfunción eréctil. De este modo, la Comisión de Valoración del Daño Corporal cifró 54.000 euros en total la indemnización para el afectado y su mujer.

 

 

 



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