Por Sergio Díaz
12 de diciembre de 2024El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Albacete ha dictado una sentencia que condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a indemnizar con 116.845 euros (más intereses) a los familiares de un hombre de 42 años que falleció a causa de un cáncer de esófago diagnosticado con un grave retraso. El tribunal considera que este retraso constituyó una “mala praxis médica” por parte del sistema sanitario.
El caso se remonta a septiembre de 2020, cuando el paciente, identificado como M.M.S., acudió al Complejo Hospitalario Universitario de Albacete tras presentar vómitos de color negro, un síntoma grave que alertó sobre posibles problemas digestivos. Tras una gastroscopia realizada ese mismo día, los médicos detectaron una esofagitis de grado D, una inflamación grave del esófago. A pesar de esta exploración inicial, no se realizaron las pruebas de seguimiento necesarias para determinar la evolución de la afección.
Según el testimonio de un perito médico, el paciente, M.M.S., fue al hospital por síntomas graves y se le hizo una primera endoscopia. En esa prueba se vio que algo no estaba bien en su esófago. Los médicos deberían haberle hecho otra endoscopia dos meses después para seguir investigando, pero esa prueba no se realizó hasta siete meses después. Durante ese tiempo, el paciente volvió varias veces al hospital y a su médico por problemas como dolor en la cadera, anemia y pérdida de peso, pero no se hicieron más pruebas para averiguar qué estaba pasando. Como resultado, el cáncer siguió creciendo sin que se detectara a tiempo.
El diagnóstico definitivo de cáncer de esófago llegó en abril de 2021, cuando el tumor ya se encontraba en una fase avanzada y había hecho metástasis en varios órganos. Según las estadísticas médicas, el cáncer de esófago tiene una tasa de supervivencia del 47% a cinco años si se detecta a tiempo, pero cuando la enfermedad se detectó en este paciente, la probabilidad de supervivencia era solo del 6%. La falta de un diagnóstico precoz fue, según la sentencia, determinante en la evolución fatal de la enfermedad.
El SESCAM, que inicialmente rechazó cualquier responsabilidad en los hechos y ofreció una indemnización menor de 23.953 euros, alegando que no se podía probar una mala praxis, fue finalmente condenado tras la intervención del Defensor del Paciente, que representó a la familia del fallecido. La justicia consideró que hubo una clara negligencia médica al no seguir las pautas y guías clínicas recomendadas para el seguimiento de la enfermedad.
La jueza ha subrayado que el retraso en la realización de la segunda endoscopia evidenció un “daño antijurídico” y un deterioro significativo en las expectativas de vida del paciente. Aunque el SESCAM intentó disminuir la indemnización a un 41% de la solicitada, el tribunal desestimó esta propuesta y respaldó la demanda presentada por la familia, concediendo la totalidad de la indemnización solicitada.
La sentencia ha sido bien recibida por los familiares del paciente, quienes han destacado que la justicia ha reconocido el sufrimiento provocado por el diagnóstico tardío y la pérdida irreversible de una oportunidad terapéutica.