Por Clara Arrabal
28 de mayo de 2025No solo las personas con ceguera cuentan con perros guía. También hay quienes necesitan un compañero canino para ponerse los zapatos por falta de movilidad, recoger alguna de sus pertenencias si se caen al suelo o como acompañamiento psicológico en su día a día. Y estos también tienen derecho a entrar a los restaurantes, los taxis o los centros médicos con sus dueños.
Aunque esta afirmación parezca obvia, la legislación española vigente hasta el pasado 27 de mayo no lo contemplaba. Por ello, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que garantiza que todas las personas con discapacidad, independientemente de cuál sea esta, puedan acceder a los lugares públicos y privados de uso público en todo el territorio nacional.
Esta nueva normativa viene a ampliar la anterior, aprobada en el año 1983, y que solo permitía el acceso de los perros guía de personas con ceguera u otros tipos de discapacidad visual. Además, unificará los diferentes reglamentos autonómicos para eliminar las desigualdades entre los territorios de España.
Esta nueva norma, elaborada por el Ministerio de Derechos Sociales, afecta a todas aquellas personas con discapacidad, trastorno del espectro autista o patologías que provoquen crisis recurrentes que impliquen una desconexión sensorial.
Además, incluye a las mujeres víctimas de violencia de género y sexual, las personas que tienen discapacidad auditiva o sordoceguera y necesitan canes adiestrados para la emisión de sonidos, y con discapacidad física o movilidad reducida.
Gracias a esta nueva norma, los perros guías de todas ellas podrán acceder a los establecimientos comerciales, alojamientos turísticos, locales hosteleros y de restauración, museos, teatros, estadios, playas, áreas recreativas, piscinas y parques acuáticos, siempre que no se metan en el agua.
También tendrán derecho a entrar a centros culturales, deportivos o sanitarios, excepto quirófanos y otras áreas en las que deban cumplirse unas condiciones higiénicas especiales; y podrán acceder a albergues y centros asistenciales en el caso de acompañar a mujeres víctimas de violencia de género y sexual.
Cabe destacar, además, que los animales deberán hacer uso de un distintivo especial que les identifique como perros de asistencia, y que será válido para todo el territorio nacional.
Esta nueva normativa, además de poner el foco en las personas que necesitan un apoyo asistencial durante sus tareas diarias, también se centra en el bienestar de los perros. Por ello, establece que estos podrán dejar de prestar servicio cuando alcancen los diez años, aunque eso no les eximirá de poder entrar en los locales anteriormente nombrados pues seguirán manteniendo sus derechos a pesar de no estar activos.
Por último, el real decreto contempla la formación de los animales, afirmando que debe ser impartida por personas acreditadas de forma oficial.