Por Medicina Responsable
9 de septiembre de 2024El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) ha anunciado que recurrirá la Guía para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras en las infecciones de tracto urinario inferior no complicada en mujeres adultas. De acuerdo con el organismo, esta nueva guía, aprobada por el Gobierno y publicada en el BOE el pasado mes de agosto, no se ajusta al objetivo del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, y vulnera el marco normativo de la profesión médica y los pactos interprofesionales acordados tanto en su elaboración como en el tratamiento de la información que posteriormente se difunde.
El CGCOM ha recordado, a través de un comunicado, que el diagnóstico y tratamiento son una competencia exclusiva de la profesión médica y que “supone una garantía para la seguridad de los pacientes y la calidad asistencial”. Según los médicos, la prescripción de medicamentos es un acto médico para el que se requiere la formación de seis años en el Grado de Medicina y cuatro o cinco años de especialización. En este sentido inciden en recordar que tanto la legislación europea, como la española, reservan en exclusiva a médicos, odontólogos o podólogos, en el ámbito de sus competencias respectivas, la facultad de instaurar tratamientos con medicamentos sujetos a prescripción médica y todo ello en base a proteger y garantizar la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes.
Para el CGCOM, la prescripción de medicamentos es el resultado final de un proceso que se inicia con la anamnesis, exploración física y realización de pruebas clínicas, que se continúa con un planteamiento diagnóstico y, finalmente, un plan terapéutico, entre el que está la elección del medicamento más adecuado. Este proceso “se debe comprender como un continuum clínico-asistencial, donde cada paso se entiende como parte integrante de un todo y no pueden ser separados los unos de los otros”. Por tanto, este proceso asistencial es “responsabilidad exclusiva del médico, siendo éste, en el marco legal vigente, el único profesional que posee las competencias clínicas adecuadas para realizar esta función con calidad y seguridad”. Asimismo, recuerdan la importancia de utilizar de manera correcta y responsable la terminología en torno a competencias y funciones para no confundir a los pacientes y a la población en general. No es lo mismo indicación que prescripción.
La guia ya generó el rechazo de entidades importantes como la Sociedad Española de Médicos de Atención Primaria (Semergen), el Consejo Autonómico de Colegios de Médicos Valencianos (CCMV) o el Consejo de Colegios Oficiales de Médicos de Castilla y León, que lo consideraban como una “vulneración flagrante de los principios que deben presidir la práctica clínica a la que tienen derecho los pacientes al permitir que otra profesión sanitaria, sin las competencias y conocimientos necesarios para ello, sea la que proceda a iniciar y seguir los tratamientos para estas enfermedades al margen del médico”.
Ante el recurso anunciado por el CGCOM, el presidente del Consejo General de Enfermería, Florentino Pérez Raya, ha mostrado su “sorpresa de que haya colectivos que quieran dar pasos atrás en este importante avance para la Sanidad española. No entendemos este resquemor hacia unas actuaciones que favorecen una atención sanitaria eficaz y ágil. Es una prescripción colaborativa, bien definida y que no implica riesgo alguno para el paciente como algunos quieren hacer creer en un discurso alarmista y algo retrógrado”.
El Consejo General de Enfermería ha recordado, a través de un comunicado, que “las normas que regulan la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras -Real Decreto 954/2015- están vigentes, son fruto del consenso político y profesional y, sin duda alguna, aportan un indudable beneficio al sistema sanitario y a los pacientes”. Para el máximo órgano de la enfermería, “se trata de una prescripción colaborativa con los compañeros médicos que, en ningún caso, como se ha llegado a afirmar, pone en riesgo la salud de los pacientes. Lejos de esta intención alarmista y lesiva para la sociedad y los pacientes, estas actuaciones de las enfermeras suponen un beneficio indudable en la atención sanitaria, pues agilizarán distintos procesos asistenciales y se garantiza un seguimiento más estrecho del paciente”.