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Portugal, Francia o Italia: los modelos de ‘estatuto médico’ que los sindicatos buscan replicar en España

En estos países los facultativos tienen una regulación laboral propia que negocian directamente con la administración, como reclama el Comité de Huelga en España

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Portugal, Francia o Italia: los modelos de ‘estatuto médico’ que los sindicatos buscan replicar en España
Fuente: Europa Press

Por Juan García

20 de marzo de 2026

Los sindicatos médicos se miran en el espejo de Europa en tu pretensión de contar con una norma propia que regule sus condiciones laborales de forma diferenciada del resto de profesionales sanitarios. La creación un estatuto médico —o, en su defecto una vía de negociación directa y exclusiva sobre sus condiciones con la administración—  se ha convertido en la principal consigna en la huelga de médicos, ante la falta de voz que sienten tener en el Ámbito de Negociación, donde sanidad ha alcanzado un acuerdo con el resto de sindicatos para reformar el Estatuto común a todos los trabajadores del Sistema Nacional de Salud.  

Los sindicatos y la Organización Médica Colegial (OMC) han expresado que esta negociación conjunta es una anomalía en Europa, donde muchos países cuentan con una legislación específica para los médicos. Por ello, Medicina Responsable ha analizado los modelos que existen en nuestros países vecinos a este respecto a través de los representantes de la Federación Europea de Médicos Asalariados (FEMS).  

El vicepresidente de esta entidad y miembro de la Confederación Española de Sindicatos Médicos, el doctor Álex Ramos, señala a este medio que considera carente de lógica el marco de negociación en España, por dejar diluidas las demandas específicas en base a la “singularidad” de la profesión médica respecto a las demás. El doctor reconoce que la comparativa con otros países europeos está marcada por la disparidad de marcos regulatorios y la consideración del propio sistema sanitario pero, no obstante, incide en que la existencia de una regulación propia para los médicos es una realidad en países como Francia, Italia, Portugal o Eslovenia.

“No se trata de ser ni mejores ni peores, simplemente que las condiciones laborales de un médico no se tienen que negociar en una mesa donde hay muchos profesionales diferentes y el médico representa un 12% del total de trabajadores”, sostiene el representante sindical. Así incide en que no se puede incluir “en el mismo saco” las distintas responsabilidades y funciones que tiene cada profesión.

Italia, Portugal y Francia: norma propia y negociación directa con el Gobierno

La doctora Alessandra Spedicato, presidenta de FEMS, como institución que ha mostrado su respaldo a la demanda de crear un estatuto médico en España, apunta a este medio que “en muchos países europeos, incluida Italia, los médicos cuentan con un convenio colectivo específico”. De esta forma, destaca que se puede “identificar y abordar las características organizativas específicas del trabajo médico —competencias, responsabilidades y necesidades particulares del lugar de trabajo— de forma independiente al resto del personal sanitario”. 
La negociación de esta norma la realizan los representantes sindicales de los médicos directamente con la administración por lo que, en base a su experiencia, resalta que es “fundamental contar con un marco específico para la negociación colectiva de los médicos”.

Lo mismo ocurre en Portugal, donde el doctor Noel Carrilho, secretario general de la FEMS explica que en u país los médicos tienen su propio convenio colectivo que negocian directamente con el Ministerio nacional. Un marco propio que también tienen otros profesionales como enfermería. En Francia los médicos también tienen una regulación propia que, en su caso, fue validada en el año 2010, según explica el tesorero de FEMS, el doctor Patricio Trujillo.

Guaridas, límites horarios y retribución de horas extraordinarias

A pesar de las diferencias legislativas, la normativa europea establece una limitación común: la jornada laboral no podrá superar las 48 horas semanales en cómputo cuatrimestral. Los sindicatos médicos denuncian que este límite, no obstante, ampara en la práctica la realización de jornadas de hasta 96 horas en una semana. Un extremo que, si bien reconocen no es habitual, da lugar a jornadas maratonianas donde los facultativos acumulan horas para cuadrar fines de semana libres o vacaciones. La reforma que plantea el Ministerio pasa por limitar las guardias a un máximo de 17 horas, pudiendo ampliar hasta 24 de forma voluntaria y previa volaración positiva de los servicios de prevención de riesgos laborales.

En Italia, la jornada de los médicos es de 38,5 horas por semana, a la que se suman los turnos de guardia que, por lo general, se aplican en turnos de 12 horas, comenta la docora Spedicato. No en vano, reconoce que “los límites europeos sobre el tiempo de trabajo se aplican formalmente, pero en la práctica no siempre se respetan, sobre todo debido a la escasez de personal”.

El doctor Carrilho señala que la jornada en Portugal es de 40 horas semanales y que las realización de guardias esta topada por la limitación de 150 horas extraordinarias al año. Aunque también reconoce que hay médicos que superan esa cifra, hay una norma legal que les ampara para negarse a hacerlas. “Te puedes ver un poco forzado a hacerlo por tu situación de vida o de servicio, pero legalmente, no tienes que hacerlo. Hay muchísimos médicos que hacen más, pero en por la ley se puede recurrir a hacerlo y hay médicos que lo hacen”, declara a este respecto.

El modelo de guardias vigente en portugal se asemeja al modelo que propone Sanidad en su reforma del Estatuto Marco, pues establece que la realización de guardias de 24 horas es voluntaria y se reconocen los descansos previos y posteriores a la realización de esa jornada, sin deuda horaria del turno ordinario, como ocurre actualmente en España y el Ministerio pretende eliminar.  

Carrilho explica que este modelo no genera conflictos para garantizar la atención continuada, aunque apunta una clave que explica la disposición a realizar guardias a voluntad y que en España no prevé contemplar el Estatuto: su remuneración como horas extraordinarias. En ese país las horas de guardia se remuneran entre un 50 y 200% más que las ordinarias, mientras que en nuestro país se pagan por debajo de la hora ordinaria, algo que al doctor le resulta difícil de comprender.

Por su parte, los médicos franceses tienen un sistema por el cual se les reconoce el tiempo adicional que trabajan por encima de las 48 horas semanales en cuatro meses que limita la Unión Europea.  

Ese tiempo de trabajo, explica, se acumula como tiempo de vacaciones o como horas que la adminsitración debe pagar. Además, tras la realización de guardias ”reposo de compensación”, es decir, que los médicos tienen remuneradas esas horas posteriores de turno aun sin estar obligados a trabajar. 



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