
Por Juan García
21 de julio de 2026El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta la nueva ley antitabaco, con la que aplicará nuevas restricciones al consumo de tabaco convencional y nuevos productos derivados. El Ministerio de Sanidad ha impulsado una nueva norma con la que amplía la prohibición de fumar en espacios públicos a terrazas de hostelería, vehículos de trabajo, parques nacionales, centros deportivos, playas, piscinas y recintos públicos donde se celebren actividades públicas como conciertos, incluso al aire libre. Del mismo modo, la norma introduce la equiparación del tabaco convencional con los nuevos productos y restringe su publicidad también en internet y redes sociales.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Sanidad, Mónica García, ha destacado el propósito de situarse “a la vanguardia de la lucha antitabaco” para avanzar hacia “una generación libre de tabaquismo”.
La ministra ha incidido en que la nicotina sigue siendo el principal factor de riesgo evitable de enfermedades cardiovasculares, siendo responsable de un 30% de los cánceres en órganos asociados al tabaquismo. Una factura que, ha destacado, deja un balance de más de 50.000 muertes anuales. “Estamos ante un desafío de salud pública de primer orden y estamos ante la posibilidad de quitar el principal factor de riesgo evitable para la salud”, ha defendido la ministra a este respecto. Con estas medias, el Gobierno prevé un impacto económico en ahorros directos para el sistema sanitario de entre 100 y 200 millones de euros al año.
Por ello, ha sintetizado el espíritu de esta norma en tres objetivos: reducir el consumo, proteger a quienes están involuntariamente expuestos al humo y cerrar “lagunas legales que han aprovechado” los nuevos productos derivados del tabaco.
Respecto a los espacios sin humo, además de la prohibición en los espacios mencionados, se establece un perímetro de 15 metros en centros sanitarios centros sociales, centros educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o recintos infantiles.
Como novedad, la reforma contempla la prohibición expresa del consumo de tabaco y sus nuevos productos derivados para menores de 18 años, como ya hiciera también con el alcohol. Si bien ya estaba restringida su venta a mayores de edad, no había una prohibición explícita sobre su consumo en menores.
Al mismo tiempo, se establece la equiparación a nivel regulatorio de estas prohibiciones entre los cigarrillos convencionales y los nuevos productos tabáquicos y sus derivados. “La realidad del tabaquismo ha cambiado, hoy convivimos con nuevos dispositivos que son muy atractivos para los jóvenes”, ha señalado la ministra para argumentar que “da igual que la nicotina llegue a través del cigarrillo, del vapeador o de una bolsa de sabores. Cuando existe capacidad generar adición riesgos para la salud aplicar las mismas medidas”.
La reforma extiende a los cigarrillos electrónicos y a otros productos relacionados las mismas limitaciones de consumo previstas para el tabaco en los espacios donde esté prohibido fumar. La norma adapta así la legislación a la aparición y expansión de nuevos productos, como los dispositivos con y sin nicotina, los productos a base de hierbas para fumar o shisha y otros productos con o sin nicotina que imiten el acto de fumar o guarden relación con su consumo tradicional o social. Las bolsas de nicotina quedan fuera de esta equiparación en espacios sin humo, aunque la norma sí prohíbe su consumo por parte de personas menores de edad.
La reforma limita también la venta y suministro de estos productos a tiendas especializadas, al tiempo que refuerza las restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos relacionados. Estas restricciones se aplicarán en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, internet y cualquier forma de promoción directa o indirecta.
También limita la promoción en los puntos de venta. No podrán realizarse acciones en escaparates ni utilizarse cartelería que, por sus características o ubicación, sea visible o percibida desde el exterior de los estancos y tiendas especializadas.
En medios de comunicación y contenidos audiovisuales, no se podrán emitir programas, vídeos o imágenes en los que presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando, consumiendo o mostrando productos del tabaco, dispositivos para su consumo o productos relacionados, ni mencionen o muestren, directa o indirectamente, marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos identificativos asociados a estos productos.
16 años después de la última reforma legislativa en esta materia, García ha definido este avance en la normativa antitabaco como una “gran victoria”, que se ha topado con "la preciosa casualidad" de haber coincidido con los triunfos de la selección española en el mundial de fúbtol. García ha defendido la conveniencia de estas nuevas restricciones con las que aspira a “marcar un antes y un después en la protección de la salud pública”, ensalzando el valor de las anteriores leyes antitabaco. La ministra ha apuntado que, a pesar de los “augurios apocalípticos” que en su día generaron estas leyes “nadie querría volver a la época en la que se podía fumar en bares, restaurantes, hospitales o universidades”.