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El Tribunal Supremo decidirá si se debe revelar el precio real de financiación pública de medicamentos

El alto tribunal ha admitido un recurso judicial de la asociación Civio sobre el medicamento Luxturna, que puede sentar jurisprudencia sobre este asunto

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El Tribunal Supremo decidirá si se debe revelar el precio real de financiación pública de medicamentos
Freepik

Por Medicina Responsable

20 de enero de 2026

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación de Civio en el caso Luxturna, un tratamiento desarrollado por la farmacéutica Novartis. Con la tramitación de este procedimiento judicial, el alto tribunal se pronunciará sobre una cuestión trascendental para la industria farmacéutica y el Ministerio de Sanidad, que puede sentar jurisprudencia: si el precio real de financiación de medicamentos con fondos públicos debe mantenerse confidencial o revelarse. 

Aunque Sanidad da cuenta del precio máximo que paga la administración pública por los fármacos a través de los informes de financiación de medicamentos, el coste real al que se pagan los medicamentos no se da a conocer. Esto es precisamente lo que reclama Civio en su demanda: “Obtener la resolución administrativa que dicte Sanidad estableciendo el precio y las condiciones de financiación del medicamento dentro del Sistema Nacional de Salud”. En este sentido, inciden que lo que reclaman no son "los documentos internos que el laboratorio aporta al Ministerio durante la negociación, sujetos a confidencialidad", sino  la decisión final de la Administración sobre cuánto se paga y bajo qué condiciones. En el caso de Luxturna, los hospitales públicos abonan exactamente 221.357,76 euros (sin IVA) por cada tratamiento, mientras que el Ministerio sólo había hecho pública la cifra de 345.000 euros, que corresponde al coste máximo y no al importe que realmente se paga al laboratorio farmacéutico. 

No es la primera vez que Civio plantea un recurso de este tipo, pues ya lo hizo en 2021 con otro fármaco, Zolgensma. Al igual que con este último medicamento, ni el Ministerio de Sanidad ni Novartis habían aceptado que Civio tuviera acceso, vía Ley de Transparencia, al precio real y a las condiciones de financiación de esta terapia, llevando el caso también a los tribunales.

Desde Civio resaltan que la admisión del recurso es un paso “ya importante por sí mismo”. “La casación en el Supremo no es un trámite automático. Se admite cuando el tribunal aprecia que el asunto plantea una cuestión jurídica con alcance general, con interés para fijar jurisprudencia”, señalan desde esta entidad en un comunicado. Al hilo, destacan que esta decisión supone un reconocimiento por parte del Supremo de que esto “es un conflicto que conviene resolver con una doctrina clara”.

El escrito de Civio defiende que esta decisión "debería preocupar incluso a quienes defienden la confidencialidad como herramienta negociadora". "Si el precio real pagado por una administración puede ocultarse por el mero hecho de estar conectado a información empresarial, cualquier empresa adjudicataria de contratos públicos podría intentar lo mismo", explica.

A su juicio, el precio real y las condiciones de financiación "importan porque condicionan el gasto sanitario y, por tanto, las prioridades presupuestarias"; además de que "afectan a la capacidad del sistema para incorporar innovaciones sin desbordarse"; y porque, "sin esos datos, se hace imposible detectar decisiones ineficientes o en las que prevalecen los intereses de las empresas sobre el interés público".



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