Por Juan García
19 de junio de 2024El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este martes la reforma legal aprobada en 2023 que permite a las menores de 16 y 17 años abortar sin permiso de los padres. Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el Pleno de la corte de garantías ha aprobado el borrador de la sentencia que ha redactado la magistrada del ala progresista Laura Díez, quien defiende que la norma es constitucional. La votación ha salido adelante con los votos en contra de los magistrados del ala conservadora del tribunal, quienes han anunciado voto particular en contra de la decisión mayoritaria.
Fue en febrero de 2023 cuando el Congreso aprobó definitivamente la reforma que supuso devolver a las menores de 16 y 17 años el derecho al aborto sin necesidad de contar con permiso paterno, un aspecto sobre el que el TC no se pronunció en 2023 al resolver el recurso del PP contra la ley del 2010, porque el Gobierno de Mariano Rajoy suprimió ese artículo en 2015. Se trata de una reforma que, para el presidente del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem), Manuel Martínez-Sellés, es “particularmente agresiva”.
“Llama la atención que esto se permita cuando las menores necesitan consentimiento para cualquier tipo de cirugía, incluso intervenciones menores”, señala el doctor. El presidente del Icomem señala que es una intervención que “además de terminar con la vida del feto, puede suponer importantes complicaciones para la menor, como sangrados e infecciones”.
Martínez-Sellés se acoge al código deontológico de la profesión médica que recoge el deber de “preservar la vida y proteger al no nacido”. “El ser humano es un fin en sí mismo en todo el proceso biológico”, añade a este respecto. También defiende el derecho de objeción de conciencia de los profesionales ante esta práctica.
La reforma promovida en 2023 también eliminó los tres días de reflexión y blindó el aborto frente a protocolos antiabortistas como el que propuso Vox en Castilla y León. La normativa mantiene los plazos fijados por ley en 2010, por lo que el aborto continúa siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación. A partir de ese periodo, solo podrá interrumpirse el embarazo excepcionalmente hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después, solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.