
Por Medicina Responsable
11 de junio de 2026El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) indemniza con un millón de euros a un paciente de 71 años que sufrió una grave lesión medular tras ser sometido a una cirugía de aneurisma de aorta abdominal en la que se produjeron importantes negligencias.
Así lo han confirmado los servicios jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, quienes también han detallado que los hechos ocurrieron el 28 de noviembre de 2013 en el Hospital General Universitario de Ciudad Real, cuando el hombre sufrió tras dicha operación una lesión medular isquémica de extrema gravedad parecida a una paraplejia que le provocó pérdida de movilidad en las piernas, ausencia de control de esfínteres y vejiga y pérdida de sensibilidad desde la zona dorsal.
Por ello, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Toledo ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el paciente y sus familiares, reconociendo así la responsabilidad patrimonial de la Administración por la asistencia sanitaria prestada. Igualmente, esta recoge el derecho de los recurrentes a ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos con 1.000.000 euros, una cifra acordada con la compañía aseguradora del Sescam y que evita la tramitación de un recurso de apelación.
En la sentencia, el juzgado destaca que los servicios médicos decidieron practicar la intervención sin que el paciente fuera informado de los posibles riesgos o alternativas a esta. Concretamente, se le intervino con cirugía clásica y sin hacerle conocer la terapia por endoprótesis endovascular, una técnica menos invasiva y arriesgada “que ni tan siquiera consta que se estudiase”, como ha explicado El Defensor del Paciente.
“El juzgado destaca que, aunque la elección de la técnica quirúrgica corresponde a los facultativos, el paciente debía haber sido informado de las alternativas disponibles para poder prestar un consentimiento verdaderamente informado”, añade el comunicado.
El texto judicial también pone de manifiesto la existencia de diversas deficiencias intraquirúrgicas relevantes en el resultado lesivo, entre ellos un tiempo de clampaje aórtico muy elevado y una situación de hipotensión mantenida durante prácticamente toda la intervención, así como una deficiente asistencia cuando se detectaron los primeros síntomas.
Además, critica la falta de aportación del protocolo quirúrgico completo, un documento esencial para reconstruir con precisión lo ocurrido durante la intervención. También censura la actuación administrativa del Sescam por “mantener durante años una situación de silencio incumpliendo su obligación de responder”.
“¿No ha tenido tiempo suficiente en 12 años el Gerente del Sescam para dar contestación a un paciente y su familia? Es vergonzoso que no cumplan con sus obligaciones médicas ni tampoco con las administrativas... ¿para esto sirven nuestros impuestos?”, critica la presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores.
Por su parte, el letrado ha explicado que “lo más grave, según lo reconoce la sentencia, es que no se le haya dado una explicación al paciente y que le hayan escondido documentos trascendentales que podrían haber arrojado luz”, refiriéndose al protocolo quirúrgico de la operación.