Por Virginia Delgado
18 de julio de 2025El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a indemnizar a una familia con 1,2 millones de euros, después de calificar de “deficiente" la asistencia sanitaria prestada por el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo al hijo.
El 14 de julio de 2019 el niño, que entonces tenía 18 meses, ingresó en este centro después de sufrir una caída desde un metro y medio de altura. En las primeras pruebas que se le realizaron no se detectaron las fracturas de las vértebras T3, T4 y T5 que sufría y, después de pasar la noche en observación, recibió el alta a la mañana siguiente. Horas después, sus padres le llevaron de nuevo al hospital al percatarse de que se encontraba peor. El pequeño tenía un hematoma epidural por sangrado que desembocó en lesión medular y ésta en una paraplejía. “Se le aplicó muy tarde el tratamiento descompresivo destinado a evacuar el hematoma. Ese sangrado podría haber sido detectado/diagnosticado a tiempo si se hubieran visto esas microfracturas”, señala la sentencia.
Una conclusión a la que habían llegado previamente tanto los peritos aportados por los padres como los de la aseguradora del Sergas, XL Insurance.
Tras la intervención de descompresión medular, y cuando ya el daño era irreversible, el niño fue derivado al Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, “dada la gravedad del compromiso neurológico y la pobre ganancia clínica”, indica la sentencia. Allí permaneció durante siete meses, hasta marzo de 2020.
Los padres han sostenido siempre que si se hubiera aplicado la cirugía descompresiva antes de que alcanzara a dañar la médula del menor “la paraplejia se habría evitado” y el pequeño no tendría un 83% de discapacidad. En 2021, fue cuando decidieron denunciar la supuesta mala praxis, pero el Servicio Gallego de Salud no admitió su reclamación por la vía administrativa al considerarla “extemporánea”. Ante ello, los progenitores acudieron a la vía judicial y el Juzgado de Santiago de Compostela les dio la razón, indicando que no se presentaba fuera de plazo, ya que se había hecho el trámite después de que el niño recibiese el alta en el Hospital de Parapléjicos de Toledo. No obstante, la administración sanitaria volvió a recurrir y, finalmente, el pasado 30 de junio el TSXG dictó sentencia a favor de la familia. Aun así, no es firme y puede presentarse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.