Por Andrea Martín
30 de julio de 2024La Audiencia Provincial de Madrid ha autorizado a una mujer a continuar con su tratamiento de fecundación in vitro con el semen de su marido, aunque hayan pasado 12 meses desde que el hombre ha fallecido.
Con este fallo, finaliza el recorrido judicial que ha vivido esta mujer que comenzó en Alemania, su país de origen, donde no es legal este tipo de inseminación post-morten, por lo que tuvo que luchar para poder traer el semen de su marido a España. Sin embargo, tras un primer intento fallido, sufrió un aborto espontáneo, no pudo continuar el tratamiento debido al límite temporal que marca la legislación española.
La decisión judicial permite a la mujer continuar el proceso “hasta agotar el semen”, a pesar de que la legislación española establece el límite para el uso de material genético post-mortem en un año. Según han argumentado, “la ley no debe ser interpretada de manera rigurosa y distante de la realidad médica" y el tribunal considera que los nuevos intentos son una continuación del proceso inicial, que comenzó dentro del plazo legal. “Los nuevos intentos de uso de dicho material son una continuación, algo que forma parte del mismo proceso, y por ello debe autorizarse hasta agotar el citado material". Además, la sentencia añade que prohibir estos nuevos intentos sería "paradójico e injusto", ya que la mujer podría utilizar material genético de un donante anónimo para lograr tener a su hijo, “pero no el de su pareja”.