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El Gobierno amplía el permiso de lactancia para todos los trabajadores hasta los 28 días

El derecho a ausentarse del trabajo por esta circunstancia no estará, a partir de ahora, condicionado por el convenio colectivo del trabajador

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El Gobierno amplía el permiso de lactancia para todos los trabajadores hasta los 28 días
@freepik

Por Julia Porras

20 de diciembre de 2023

Después de una baja maternal o paternal de 16 semanas, todavía existe un derecho para ampliar el tiempo que los padres deben dedicar al cuidado del bebé, concretamente a la lactancia. El objetivo de este ste permiso es consolidar el llamado “triángulo de la lactancia”, integrado por el padre, la madre y el bebé, porque, aunque es un derecho individual e intransferible, tanto el padre como la madre pueden disfrutarlo de forma simultánea.

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social, la norma en la que se procede a abordar una modificación del permiso de lactancia hasta los 28 días con la finalidad de mejorar los términos del ejercicio del derecho y, a la vez, se refuerza y complementa el recientemente reconocido permiso parental. En la actualidad el derecho a ausentarse queda condicionado a las previsiones de la negociación colectiva o al acuerdo al que el trabajador llegue con la empresa.

La modificación del artículo 37.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores elimina estas restricciones convirtiendo todas las posibilidades de disfrute, incluida la acumulación de las horas retribuidas de ausencia, en un derecho de todas las personas trabajadoras. Con ello “se avanza en la mejora y se incrementa el nivel de reconocimiento y protección de los permisos de conciliación·, explican desde el Gobierno. La ministra de Trabajo Yolanda Díaz ha recalcado que este derecho es “muy importante ya que hasta ahora un permiso de media hora para cada progenitor estaba condicionado a la incorporación de este derecho a la negociación colectiva, con lo que se producían situaciones discriminatorias en nuestro país”. La ministra además ha destacado que este derecho también será aplicable al personal laboral de la Administración Pública.

En qué consiste el derecho individual

En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.

La reducción de jornada contemplada en este apartado constituye un derecho individual de las personas trabajadoras sin que pueda transferirse su ejercicio a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.

Cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses con una reducción del salario desde los 9 meses del bebé.



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