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Admiten el recurso contra la supervisión de los códigos deontológicos de los sanitarios por parte de la CNMC

La OMC interpuso esta medida judicial contra la norma que establece la potestad de la CNMC para evaluar las revisiones de la normativa deontológica de los colegios

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Admiten el recurso contra la supervisión de los códigos deontológicos de los sanitarios por parte de la CNMC
Fachada del Tribunal Supremo. Fuente: Europa Press

Por Juan García

26 de junio de 2024

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso judicial presentado por la Organización Médica Colegial (OMC) contra la reforma legislativa que establece la potestad de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para revisar las modificaciones de los códigos deontológicos de los colegios profesionales.

Una noticia celebrada por la OMC, desde donde reiteran su “total rechazo” a la evaluación previa de la CNMC de las normas deontológicas de los colegios profesionales. El presidente de la organización, el doctor Tomás Cobo, defiende que deben ser los Colegios “los únicos garantes del disfrute de prestaciones sanitarias en condiciones de solidaridad, ética y progreso en la formación y en la calidad asistencial”.

En esta misma línea, el presidente de la OMC enfatiza que “el sentido preciso de la Organización Médica Colegial es la co-gobernanza, y el Código de Deontología es la clave de la responsabilidad que delega la Administración en la profesión médica, lo que hace inconcebible que un órgano puramente económico regule la relación médico-paciente”. 

La Comisión Europea estableció el pasado año la necesidad de que “organismos independientes” realizaran una evaluación objetiva de las regulaciones de los colegios profesionales a través de la revisión de los códigos deontológicos. La reacción del Gobierno fue la modificación del Real Decreto 472/2021, del 29 de junio, para otorgar esta potestad de revisión a la CNMC, algo que despertó las críticas de instituciones como la propia OMC. Desde el colegio de médicos tildaron de “injerencia” la medida por parte de un organismo público que vela por intereses económicos y no médicos, como es la CNMC.

Esta modificación recoge que “los colegios profesionales de ámbito nacional y consejos generales someterán sus propuestas de códigos deontológicos o de modificación de estos a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para su evaluación antes de su aprobación”.  Aasí, se establece la evaluación de proporcionalidad a través de un informe preceptivo y no vinculante sobre las propuestas de códigos deontológicos.

La organización que representa a los colegios de médicos de nuestro país emprendió entonces acciones legales que cuentan ahora con el respaldo del Alto Tribunal, quien será el encargado de determinar la legalidad y pertinencia de la reforma.

El director de los servicios jurídicos de la OMC, Ricardo Lorenzo, señala que la medida “no se ajusta a derecho y contradice informes anteriores del Consejo de Estado”. Por su parte, el doctor Cobo subraya que “la presencia de los Colegios Profesionales en una sanidad global es irrenunciable” y añade que el objetivo de la promoción de la salud “requiere unas condiciones de confianza entre los actores sociales y de avance en las condiciones de los profesionales que lo proveen”.



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