
Por Medicina Responsable
10 de marzo de 2026El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el real decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que se encuentren en España sin residencia legal. La norma desarrolla reglamentariamente lo previsto en el artículo tercero de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, reforzando la seguridad jurídica, la cohesión territorial y la aplicación homogénea del derecho en todo el Estado.
"Convertimos el acceso a la sanidad en una opción por defecto y reafirmamos un principio que es muy sencillo: la sanidad pública es un derecho de todas las personas que viven en nuestro país", ha destacado García. "En definitiva, evitamos obstáculos y hacemos que el reconocimiento del derecho a la sanidad sea la opción por defecto. Porque nuestra sanidad pública nació con la idea de que la salud es un bien común y cuando cuidamos la salud de todos cuidamos también la cohesión, la convivencia y la dignidad de toda la sociedad", ha añadido.
Su objeto principal es establecer un procedimiento homogéneo y efectivo en todo el territorio nacional para reconocer el derecho a la salud de las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes; y así garantizar la equidad y evitar las desigualdades en este colectivo, además de conseguir un mejor control de las enfermedades desde la atención primaria y un uso más eficiente de los recursos públicos.
Otro de sus objetivos es desburocratizar el proceso, por lo que el reconocimiento se realizará mediante una declaración responsable. En este documento, la persona solicitante manifiesta que no cuenta con cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede exportar el derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado al pago de su asistencia. Para ello, permite una gran flexibilidad en la acreditación de la residencia y, aunque el empadronamiento es el documento preferente, también serán admitidos certificados de escolarización, matriculaciones en centros públicos, informes de servicios sociales, certificados de registro de visitas, facturas (como las de la luz, gas, agua, telefonía o Internet) y cédulas de inscripción.
Además, para evitar interrupciones en la atención, en el mismo momento de presentar la solicitud se entregará un documento provisional que permitirá el acceso a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos de forma inmediata mientras se resuelve el expediente y que será válido en cualquier comunidad autónoma. La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la resolución; si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo en las solicitudes iniciadas por la persona interesada. Una vez reconocido el derecho, no tendrá caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía. También se establece que las administraciones competentes deberán iniciar el procedimiento de oficio cuando la persona interesada no pueda hacerlo en el primer momento de la atención sanitaria.
El real decreto garantiza el acceso inmediato y efectivo a la asistencia sanitaria pública para colectivos que requieren una especial protección, con independencia de su situación administrativa. Entre estos grupos destacan los menores de edad y las mujeres embarazadas, las víctimas de violencia, los solicitantes de protección internacional o las personas que acrediten estar en situación de estancia temporal que necesiten asistencia.
Sobre la ampliación para españoles de origen en el exterior, la norma también amplía la protección a las personas españolas de origen residentes en el exterior durante sus desplazamientos temporales a España. Hasta ahora, este derecho estaba limitado a pensionistas o trabajadores; con el nuevo texto, se extiende a todos los españoles de origen y a sus familiares (cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo), siempre que no tengan la cobertura prevista por convenios internacionales o la legislación de seguridad social.
El real decreto introduce una mejora en la equidad del sistema al equiparar automáticamente a los colectivos exentos de aportación en el pago de medicamentos (prestación farmacéutica) con aquellos exentos en la prestación ortoprotésica. De esta forma, cualquier persona usuaria o beneficiaria que, por su situación de vulnerabilidad o nivel de renta, no deba pagar por sus fármacos, quedará también exenta de cualquier aportación económica al recibir productos de ortopedia o prótesis con cargo al Sistema Nacional de Salud.
Finalmente, para el buen uso de los fondos públicos, la norma establece mecanismos claros de control sobre las prestaciones recibidas. Por ejemplo: si la solicitud es denegada, se procederá a la facturación de las atenciones recibidas. Sin embargo, no habrá facturación si la persona demuestra posteriormente que, en el momento de recibir dicha asistencia sanitaria, sí cumplía los requisitos materiales. Además, en caso de detectarse inexactitud o falsedad en la declaración responsable, el documento provisional quedará sin efecto de inmediato. En estos supuestos, la administración podrá exigir el reintegro del importe total de las prestaciones sanitarias obtenidas desde el inicio de la solicitud.
Ante la aprobación del real decreto, el presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), Tomás Cobo, ha asegurado que restablece la cobertura sanitaria a los inmigrantes en situación irregular no altera la labor de los médicos, ya que estos siempre han atendido a los pacientes "vengan de donde vengan". "Tenemos un modelo universal, público y gratuito, por lo que los médicos siempre atendemos a los más frágiles, vengan de donde vengan", ha explicado Cobo en unas declaraciones a Europa Press.
En este contexto, ha subrayado que, con la aprobación del Gobierno, la profesión médica "entra y sale poco", porque "en ningún caso ningún profesional médico va a dejar a nadie en la puerta de Urgencias sin ser atendido". "Esto no ocurre en nuestro país", ha añadido Cobo.
Por su parte, el vicepresidente y secretario general de Vox, Ignacio Garriga, se ha mostrado contrario, afirmando que "España no es una ONG". "Ya han convertido nuestras prisiones y el parque público de viviendas en delegaciones de países extranjeros. Ahora quieren colapsar nuestra sanidad pública ¿Para quién gobierna el PSOE? No somos una ONG. No somos una organización benéfica. No somos el hospital del mundo", ha criticado Garriga en una publicación en X.