
Por Medicina Responsable
7 de abril de 2026El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución Española con el objetivo de reforzar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en su vertiente prestacional. La iniciativa ha sido impulsada conjuntamente por el Ministerio de Igualdad, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y el Ministerio de Sanidad.
Esta nueva reforma busca garantizar este derecho en condiciones de igualdad real y efectiva, independientemente de la comunidad autónoma de residencia. "El aborto es un derecho que debemos proteger de cualquier intento de retroceso y garantizarlo de forma libre, segura, equitativa y gratuita en la sanidad pública de cualquier comunidad autónoma", ha publicado Mónica García, ministra de Sanidad, a este respecto en sus redes sociales.
Por su parte, en su misma línea, Ana Redondo, ministra de Igualdad, se ha pronunciado sobre las diferencias entre los diferentes territorios del país en la aplicación de esta ley: "La diversidad en torno a qué comunidades autónomas y en qué territorios se practica el aborto en la sanidad pública también es muy dispar y diverso. En torno al 60% de las interrupciones voluntarias del embarazo en Cantabria, Galicia, La Rioja o Navarra se producen dentro de la sanidad pública. En torno al 55% en Cataluña y en torno al 15% en comunidades como Castilla y León, siendo derivados muchos de estos casos a centros de otras comunidades". Además, ha puntualizado: "Sorprende especialmente el dato de que no llegan al 1% las que se producen en Madrid o Andalucía".
La propuesta incorpora las recomendaciones del Consejo de Estado, cuyo dictamen fue recibido el pasado 9 de marzo, tras ser solicitado por el Gobierno en octubre de 2025. El texto plantea añadir un cuarto apartado al artículo 43 que establezca que los poderes públicos deberán asegurar el ejercicio del derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo, proporcionando las prestaciones y servicios necesarios para ello.
Con esta reforma, el Ejecutivo pretende constitucionalizar de forma explícita la dimensión prestacional del derecho al aborto. Al mismo tiempo, subraya que la libertad de decisión de la mujer queda amparada por los artículos 10.1 y 15 de la Constitución, en línea con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. De igual manera, esta medida se alinea también con el artículo 9.2, que insta a los poderes públicos a promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva.
Desde ahora, el proyecto seguirá su tramitación parlamentaria conforme al procedimiento establecido en el artículo 167 de la Constitución. Para su aprobación, será necesario el respaldo de una mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado. En caso de desacuerdo entre ambas cámaras, se constituiría una comisión mixta encargada de elaborar un nuevo texto. Si persistiera la falta de consenso, la reforma podría salir adelante con una mayoría reforzada en el Congreso y el Senado.
El Gobierno defiende que esta modificación supone un avance en la protección jurídica del derecho a la autodeterminación de las mujeres y refuerza la obligación de los poderes públicos de garantizar su ejercicio en condiciones sanitarias adecuadas. Con ello, España aspira a consolidarse entre los países europeos más avanzados en la defensa de los derechos de las mujeres.