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Las cinco claves de la nueva Ley de salud sexual y reproductiva

Según el Ministerio de Igualdad, España se sitúa al frente de las políticas europeas en el avance de los derechos sexuales, reproductivos y menstruales de las mujeres

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Las cinco claves de la nueva Ley de salud sexual y reproductiva

Por Lucía de Mingo

18 de mayo de 2022

Tras meses de negociaciones, el Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Pero ¿cuáles son los principales puntos de la norma?

1. Educación y salud sexual. Ambas formarán parte de toda la vida de las mujeres, han de ser obligatorias en todas las etapas educativas. Además, se va a garantizar la distribución gratuita de anticonceptivos, en centros de servicios sociales, cárceles e institutos.

2. El derecho al aborto. Las mujeres de 16 y 17 años y las mujeres con discapacidad podrán abortar sin el consentimiento de sus tutores legales. No exigirán los tres días de reflexión y, en el caso de que decidan abortar, podrán hacerlo en un centro público, el más cercano a su domicilio. También regularán la objeción de conciencia y garantizarán que siempre haya profesionales para atender estos abortos. Además, las mujeres tendrán derecho a una incapacidad temporal tras el aborto y podrán acceder a la píldora del día después en centros de salud y farmacias.

3. Acompañamiento durante embarazo y parto. Las mujeres que quieran ser madres tendrán acceso a permiso preparto desde la semana 39 de gestación. Esto no restará tiempo al posterior permiso por maternidad.

4. Salud menstrual. Se reconoce la salud menstrual como parte de la salud de las mujeres, convirtiéndose así España en el primer país europeo en hacerlo. También se admite el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se deriven de reglas incapacitantes. En cuanto a la reducción del IVA en productos higiénicos, que repercute en la totalidad de las mujeres y que no se ha aprobado, Montero ha subrayado que va a intentar gestionarlo a través de los Presupuestos Generales del Estado.

5. La violencia reproductiva. Se establecen como formas de violencia contra las mujeres la gestación por sustitución, el embarazo forzoso, la esterilización forzosa, el aborto forzoso y la anticoncepción forzosa. Además, se prohíbe la publicidad de las agencias de intermediación de gestación por sustitución y se realizarán campañas que refuercen la ilegalidad de estas prácticas.



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