
Por Virginia Delgado
21 de abril de 2026El certificado médico de defunción es un documento oficial que da fe del fallecimiento de una persona. Es el requisito indispensable para la inscripción de la muerte en el Registro Civil, ya que sin él no expira la personalidad jurídica de la persona y no se pueden iniciar trámites posteriores al fallecimiento, como las herencias o hacer efectivas las coberturas de seguros de vida o de decesos.
El médico, debidamente colegiado y habilitado para el ejercicio, es el encargado de cumplimentarlo y de firmarlo, indicando los datos personales del difunto, la fecha, hora y lugar del fallecimiento, así como la causa. Su firma desencadena el resto del proceso tras el fallecimiento.
Además de para extinguir la personalidad jurídica de la persona física al certificar la muerte, los certificados médicos de defunción tienen otra utilidad para la sociedad. “Ya que en ellos se especifican las causas del fallecimiento, sirven para saber de qué muere más la gente y, con ello, diseñar políticas de prevención. Por tanto, tiene utilidad desde el punto de vista epidemiológico”, explica a Medicina Responsable Sonsoles Castro, médica forense y representante nacional en funciones de médicos y administraciones públicas del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). También, se emplean para elaborar las estadísticas del movimiento natural de la población y de defunciones según la causa de muerte, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
La doctora aclara que, para autentificar las denominadas muertes judiciales, es decir, las que requieren la intervención de un juez por ser por causas violentas, por tener sospechas de criminalidad o haberse producido de forma inesperada, no se emplea el mismo certificado médico de defunción. “El documento correspondiente lo firma un médico forense, no uno asistencial”, añade. Este profesional actúa bajo orden judicial tras realizar el levantamiento y la autopsia, informando al juzgado.
La transformación digital está cambiando todos los ámbitos, también el de los certificados médicos de defunción. Desde hace unos años, se está trabajando en el desarrollo de uno electrónico que reemplazará al de papel. El proyecto, llevado a cabo desde el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, permitirá ser más eficiente y ágil. “Será útil para todos los actores, empezando por el médico, pasando por la funeraria y el Registro Civil y finalizando en el ciudadano. Simplificará y agilizará mucho el proceso. Además, es un documento mucho más seguro y trazable”, señala a Medicina Responsable José Antonio Aguado, director de tecnología del CGCOM. Y es que en los actuales modelos en soporte papel no existe ningún sistema que permita la comprobación, de forma automatizada, de la identidad del médico firmante del documento.
Respecto a la implementación del Certificado Médico de Defunción Electrónico (CMDe), Aguado señala que ya lo emplean algunos hospitales de diferentes comunidades autónomas y se prevé que esté desplegado en la mayoría el año próximo. “Es lo que esperamos. Hay que tener en cuenta que en todo el procedimiento participan muchos intervinientes y alinearlos a todos no es sencillo ni inmediato. El objetivo sería 2026 pero en 2027 se espera que sea alcanzable”, añade Aguado. Cuando sea así, su despliegue se hará tanto en la sanidad pública como en la privada. Además del Ministerio de Justicia, “A nivel público los intervinientes son las consejerías de Sanidad y los centros hospitalarios entre otros y a nivel privado, los diferentes operadores sanitarios que hay en nuestro país”, concluye el director de tecnología del CGCOM.