Por Lucía de Mingo
12 de mayo de 2022La aprobación de la nueva ley orgánica supondrá grandes cambios. Entre ellos, y uno de los más polémicos, la posibilidad de que a partir de los 16 años las menores puedan interrumpir el embarazo sin que sea necesario el consentimiento de los padres. Además, las mujeres podrán abortar en las primeras 14 semanas de gestación, un periodo que se podrá prorrogar a las 22 semanas cuando esté en peligro la vida de la madre o del feto. Así lo recoge el borrador, según diversos medios.
La ley penalizará a aquellos que se presenten en las puertas de las clínicas abortivas para intentar boicotear el aborto de cualquier mujer. También sancionará a aquellas agencias de intermediación que promuevan determinadas conductas, entre ellas, que inciten a que se recurra a la gestación subrogada en otro país.
En cuanto al papel de los médicos, los profesionales tendrán derecho a negarse a practicar un aborto. Este apartado ha causado mucho revuelo entre el colectivo debido a que consideran que, aunque la objeción de conciencia es un derecho fundamental, la inscripción en el registro de objetores les coloca en una tesitura complicada.
La práctica abortiva será posible en todos los hospitales públicos. Únicamente en el caso de que no haya los recursos humanos, estructurales y técnicos necesarios, se facilitará que se practique en una clínica privada y el Estado se hará cargo de ello. "Es imprescindible que todos los centros con servicio de ginecología y obstetricia cuenten con profesionales que garanticen la interrupción voluntaria del embarazo", aseguró la ministra de Igualdad Irene Montero.
Por último, desaparece el periodo de reflexión de tres días entre las mujeres que se plantean abortar, contemplado en la ley actual. En el artículo 14 se establecía que debían transcurrir al menos tres días desde que la mujer recibe la información hasta que se lleva a cabo la intervención.
No obstante, la ley sí regula un nuevo permiso, tras la interrupción voluntaria o no del embarazo, de cinco días para la mujer, aunque no tendrá la consideración de incapacidad temporal.
Estas medidas, previsiblemente, se aprobarán en el próximo Consejo de Ministros, dando lugar a una nueva ley orgánica que reemplaza la aprobada en 2010. Así, se eliminará los “obstáculos” actuales en el acceso al derecho al aborto.